La nueva normativa de ayuda estatal al I+D+i consta de dos partes complementarias:
– El nuevo Reglamento General de Exención por Categorías: establece las condiciones en que la ayuda al I+D+i (entre otros tipos de ayudas estatales) está exenta de la obligación de notificación previa a la Comisión.
– El nuevo marco de ayudas estatales al I+D+i contiene normas para la evaluación de las ayudas que nos elegibles para la exención por categorías. La Comisión evaluará las medidas notificadas por los Estados miembro de acuerdo con estos criterios.
Principales novedades:
– Mayor flexibilidad de las subvenciones: habrá más posibilidades de exención de las ayudas, que no deberán ser notificadas.
– Se permitirán niveles de ayuda más elevados:
– Se ampliarán las intensidades de ayuda para la investigación básica, el desarrollo industrial y experimental y las infraestructuras de investigación.
– Transición más fácil desde el desarrollo hasta la fase de producción – ayudas a prototipos y líneas piloto
– Simplificación y seguridad jurídica
– Fracaso del mercado
– Efecto incentivador de la ayuda
– Proporcionalidad de la ayuda
– Evaluación de los efectos negativos de la ayuda
– Existencia de ayuda estatal en la financiación pública de las organizaciones de investigación y las infraestructuras de investigación
– Interacciones entre entidades I+D públicas y privadas. Ayuda indirecta a al industria
– Contratación pública de la I+D
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